sábado, 5 de mayo de 2012

Base Gravable, Base Tributaria o Base Liquidable




La base gravable, tributable, impositiva o liquidable, es aquella sobre la que se aplica efectivamente el tributo (tipo impositivo, tasa o alícuota). Habrá impuestos en los que, por sus características ambas bases, imponible o gravable, coincidan.


El tipo impositivo (Tasa o Alícuota) es el factor (porcentaje, o escala) que multiplica la base gravable o impositiva  para obtener la cuota tributaria o impuesto a pagar.

El tipo  impositivo puede ser de dos tipos:

-          Progresivos, y
-          Proporcionales

Progresivos,  Son aquellos en los que los tipos impositivos crecen a medida que crece  la base liquidable o gravable (o que produce tipos marginales superiores a los tipos medios por cada tramo de la base.


El Impuesto progresivo es cuando a mayor ganancia o renta, mayor es el porcentaje de impuestos sobre la base.

Ejemplo:

El impuestos sobre la renta a las personas naturales o fisicas.

Proporcionales, Son aquellos cuando el tipo impositivo se mantiene constante en función de la base liquidable o gravable(o tipos marginales iguales a los tipos medios para cada tramo de la base).

Otro concepto:

Impuesto plano o proporcional, cuando el porcentaje no es dependiente de la base imponible o la renta del individuo sujeto a impuestos.

Ejemplo:

El impuestos sobre la renta de las sociedades.

Impuesto regresivo, cuanto mayor es la ganancia o renta, menor es el porcentaje de impuestos que debe pagarse sobre el total de la base imponible.

En el Impuestos regresivos, La tarifa que la persona paga no guarda relación con la riqueza que se posee; eso significa que afectan a los que tienen menos (suelen ser impuestos indirectos).


Ejemplo:

El IVA (En nuestro país es el ITBIS)

La cuota regresiva o progresiva inversa indica que mientras mayor sea la base, menor es el porciento que se aplica al objeto gravado.

Cuota Tributaria

La cuota tributaria es el resultado de aplicar el tipo impositivo (tasa o alícuota) a la base gravable o liquidable, siendo ésta la cantidad que representa el gravamen que en principio se tendría que pagar.

Desgravaciones

Sobre la cuota tributaria pueden aplicarse una serie de deducciones, denominadas desgravaciones, dando lugar a la cuota liquidable. Son deducciones que pueden descontarse del importe de un impuesto a pagar.

Las desgravaciones se aplican sobre la cuota del impuesto y se diferencian de las deducciones de la base en el sentido que constituyen un gasto o gravamen previo que, en alguna forma, se pretende recuperar o evitar que se consolide.

Estas desgravaciones podrán ser de los siguientes tipos:

-          compensación por cuotas de otros impuestos pagados
-          deducciones con fines de personalización de la carga
-          deducciones de estimulo económico


La  Deuda Tributaria, es la cuota del impuesto menos las desgravaciones y, en su caso, más los intereses y sanciones, es decir, todo lo que el sujeto debe a la administración tributaria.

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